Beca de formación y especialización en materia de igualdad de género.

///Beca de formación y especialización en materia de igualdad de género.

Beca de formación y especialización en materia de igualdad de género.

Extracto de la Resolución del 9 de junio de 2020, por la que se convoca para el año 2020 una beca de formación y especialización en materia de igualdad de género.

ver extracto del BOC

Beneficiarios. Podrá ser beneficiario/a de la beca regulada en la presente Orden aquellas personas con plena capacidad de obrar que reúnan los siguientes requisitos, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Tener nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

c) No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga procedente de cual-quier Administraciones Pública, de entes públicos o privados adscritos o dependientes de las mismas, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, durante el periodo de duración de la regulada en la presente Orden.

d) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración u organismo público como consecuencia de un expediente disciplinario, y no haber perdido la condición de becario en cual-quier entidad del sector público como consecuencia del incumplimiento de sus obligaciones.

e) Estar en posesión: — O bien de un título de Grado en cualquier área de las Ciencias Sociales expedido por el Estado Español o debidamente homologado, con justifi cación acreditativa de esta circunstan-cia. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos conforme la normativa que les sea de aplicación. Y además del referido título de Grado, habrá de estar en posesión de un título que acredite la especialización en materia de igualdad de género de al menos 300 horas de duración. — O bien estar en posesión de un título de ciclo formativo de Grado Superior correspon-diente a Técnico Superior en Promoción de Igualdad de Género.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Gobierno de Cantabria y frente a la Seguridad Social.

2. No podrán obtener la condición de benefi ciario/a aquellas personas incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

3. Además de los requisitos anteriores, para poder obtener la condición de benefi ciario/a, las personas solicitantes no han de haber sido benefi ciarias de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años, conforme lo previsto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Cantabria 4/2019, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2020.

By | 2020-07-14T07:05:01+01:00 junio 22nd, 2020|Portada|Comentarios desactivados en Beca de formación y especialización en materia de igualdad de género.

About the Author: