Consejo de la Mujer

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Consejo de la Mujer 2023-12-12T13:46:17+01:00

Ley de Cantabria 3/2018, de 28 de mayo, de Creación del Consejo de la Mujer

Hoy día 5 de junio se publica en el BOC la Ley de Creación del Consejo de la Mujer de Cantabria.

Ley 3/2018 creación Consejo de la Mujer

Decreto 88/2018, de 25 de octubre de 2018, por el que se regula la composición, funciones y régimen de organización y funcionamiento del Consejo de la Mujer de Cantabria.

YA ESTA ABIERTO EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA SER MIEMBRO DEL CONSEJO DE LA MUJER DE CANTABRIA.

El pasado jueves 31 de enero, tuvo lugar la primera reunión de la Comisión Gestora del Consejo de la Mujer de Cantabria. La Comisión Gestora tiene como principal encomienda poner en funcionamiento los mecanismos necesarios para que se vayan incorporando al Consejo de la Mujer asociaciones de mujeres y sindicatos que cumplan con los requisitos legales y tras ello, convocar al Pleno.

Con este objetivo de poner en marcha la formación del PLENO del Consejo de la mujer, si deseáis ser parte del mismo, os enviamos la documentación a cumplimentar para solicitar ser miembro del mismo, para que en la próxima reunión de la Comisión Gestora que tendrá lugar el miércoles 27 de febrero de 2019, se proponga la incorporación de vuestra entidad.

Os reseñamos los puntos de interés:

¿Qué es el Consejo de la Mujer de Cantabria?

El Consejo de la Mujer de Cantabria se crea por la Ley 3/2018, de 28 de mayo, de Creación del Consejo de la Mujer. Tiene como principal misión ser un órgano colegiado de participación y consulta en todas aquellas materias y políticas que afecten a los derechos e intereses de las mujeres de Cantabria. El Decreto 88/2018, de 25 de octubre de 2018, regula su composición, funciones y régimen de organización y funcionamiento.

¿Quiénes pueden formar parte del Consejo de la Mujer de Cantabria?

Las asociaciones de mujeres, así como las federaciones constituidas por aquéllas y los sindicatos con sección, secretaría, área o programa de mujeres. Todas estas entidades deberán cumplir los siguientes requisitos: (los encontraras en el artículo 2 del citado Decreto 88/2018):

a) Tener domicilio social en Cantabria, salvo los sindicatos, que deberán tener delegación en Cantabria.

b) Estar inscritas en un registro público autonómico.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) No haber sido condenadas en el ámbito laboral o sancionadas por infracción administrativa relacionada con la discriminación de las mujeres o violencia de género en el ámbito laboral.

e) Tener una existencia de al menos dos años y haber realizado en los últimos dos años, acciones relacionadas con la defensa de la igualdad y lucha contra la discriminación de las mujeres en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Además, deberán de reunirse los restantes requisitos que según el tipo de entidad:

  1. Asociaciones de mujeres o federaciones constituidas por aquéllas:a. Contar con un mínimo de 20 asociadas.b. Tener entre sus fines: fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y/o el impulso y/o la promoción de la figura y derechos de la mujer, y/o fomentar la participación activa de las mujeres en acciones de la Comunidad Autónoma, y/o trabajar por la no discriminación de colectivos específicos de mujeres, y/o prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres.c. Contar con órganos directivos compuestos íntegramente por mujeres.
  2. Sindicatos con sección, secretaría área o programa de mujeres y que estén integradas en una confederación de federaciones sindicales:

a. Tener entre sus fines: fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y  hombres, y/o trabajar por la no discriminación de colectivos específicos de mujeres.

b. Contar con órganos directivos con una composición paritaria.

¿Qué tengo que hacer para formar parte del Consejo de la Mujer de Cantabria?

  1. Presentar la solicitud conforme los modelos que se envían adjuntos, dirigida a la Dirección General de Igualdad y Mujer del Gobierno de Cantabria.
  2. La Comisión Gestora acordará la incorporación al Pleno del Consejo de la Mujer de la asociación o sindicato solicitante, previa propuesta formulada por la Dirección General de Igualdad y Mujer.

¿Qué plazo tengo para solicitar ser miembro del Consejo de la Mujer?

El plazo ya está abierto y podrán recibirse vuestras solicitudes sin límite temporal.

Sin embargo, con el objetivo que el primer Pleno se integre con el mayor número de entidades representativas de toda Cantabria os animamos a presentar vuestra solicitud lo antes posible, para que el día 23 de febrero de 2019, la Comisión Gestora pueda acordar vuestra incorporación.

Dudas y documentación

Si tenéis alguna duda, el personal de esta Dirección General os atenderá en los teléfonos 942 20 93 65 / 942 20 82 21 en horario de 09:00 horas a 14:00 horas.

Decreto 88/2018
Anexo I
anexo II
anexo III

Orden UMA/2/2019, de 23 de enero, por la que se constituye la Comisión Gestora del Consejo de la Mujer de Cantabria.

Orden UMA/2/2019